A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Ramirez Jaramillo Sebastian·Respondent Notaria Unica De Argelia Valle Del Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Función pública de dar fe
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartago y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular presentada por un ciudadano en contra de la Notaría Única de Argelia, Valle del Cauca.
Lo anterior, con el propósito de que, en la entidad demandada, se contrate un intérprete y guía intérprete de planta, y se realicen las reparaciones locativas necesarias para el acceso y la adecuada prestación de la función notarial a las personas sordas y sordociegas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte señaló que la competencia para conocer la acción popular, debe atribuirse a la jurisdicción de lo contencioso administrativo de conformidad con la regla de decisión fijada por la Sala Plena en el Auto 1100 de 2021 y reiterada en el Auto 018 de 2022.
De acuerdo con ella: “[l]as acciones populares que se presenten en contra de notarías para obtener las adecuaciones y ajustes razonables que permitan el acceso efectivo al servicio público de las personas en situación de discapacidad serán competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Lo anterior, por cuanto dicha pretensión está inescindiblemente relacionada con el acceso a la función administrativa que cumplen estos particulares (en los términos del artículo 15 de la Ley 472 de 1998).
Esto es, el desempeño de las atribuciones encomendadas a los notarios en su condición de fedatarios públicos previstas en el artículo 3° del Decreto 960 de 1970”.
Con base en lo anterior, la Sala resolvió remitir el expediente al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Cartago, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al otro operador jurídico involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (27 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Cartago y el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Cartago en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Cartago conocer del proceso promovido por Sebasti‡n Ram’rez contra la Notaria ònica de Argelia, Valle del Cauca.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1060 al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Cartago, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Cartago y a los interesados dentro del tr‡mite judicial correspondiente.
- Notif’quese, comun’quese y cœmplase
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA çNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBç„EZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSƒ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSƒ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SçCHICA MƒNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.